Condiciones Contrato de Locación
Nuestros contratos de locación se rigen por lo normado en el cccn y por las cláusulas que pactamos en cada caso particular.

El plazo mínimo de contratación es de 36 meses con opción a rescindir anticipadamente a partir del sexto mes, con un preaviso no menor a 60 días y la indemnización que indica el Código, es decir un mes y medio hasta el primer año de contrato y un mes pasado dicho lapso. Si el preaviso es mayor a 3 meses no se abona indemnización.

El contrato se confeccioná por el valor del primer mes, y al inicio del segundo año (y luego al iniciar el tercero) se actualizará por el índice promedio del ipc y el ripte que publicará el bcra. Recuerde que junto con el alquiler deberá abonar toda otra obligación mensual (expensas, servicios, tasas) que integre el canon locativo y los punitorios cuando correspondan. No se aceptarán pagos parciales. Deberá presentar el comprobante de pago de expensas a su cargo. Si hubiera expensas extraordinarias deberá abonarlas y el monto le será reintegrado al momento de pagar el alquiler contra presentación de recibo. 

Los contratos son en pesos con equivalencia en la cantidad de pesos necesaria para adquirir la moneda extranjera que se pacte, como obligación alternativa y mutable. Los pagos se deben hacer en el lugar que se designe en el contrato, en efectivo y en el horario que se indique, habitualmente de lunes a viernes de 10:00 a 14:30, antes del día 10 de cada mes adelantado. El no pago en término implica que deberá abonar los intereses que se pacten. Si eventualmente se aceptare algún pago bancario, al canon locativo deberá agregársele los gastos bancarios, por impuestos y retenciones (alrededor del 5/6% del depósito).

Entregamos los inmuebles en perfecto estado y recién pintados y los exigimos de la misma manera. Recomendamos se contrate profesionales para ello y utilizar la pintura que se pacta por contrato. Si no se devuelven como se entregaron, se harán pintar y reparar con cargo al locatario. Recuerde que hacemos respaldo fotográfico del estado de cada inmueble, así como una ficha individual de cada uno.

La titularidad de los servicios debe ser pasada a nombre del locatario. Las cuentas son personales y las empresas prestatarias no pueden exigir el cobro de deudas de inquilinos anteriores ya que el responsable es cada usuario, por lo tanto no deberá abonar suma alguna por deudas anteriores.

En lugar de abonar depósito, usted puede firmar un documento (pagaré) en garantíaRespecto a las expensas comunes ordinarias, son las que indica el Art. 2048 del cccn.

someramente esta es la forma en que realizamos los contratos. Cada uno es explicado en forma personal por el profesional al momento de concretar la reserva.  

Estamos a disposición para aclarar todas las dudas que puedan surgir, cualquier consulta podrá ser dirigida al correo electrónico ripainmobiliaria@hotmail.com.

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